LEY 7118
Autorizando al Poder Ejecutivo a disponer del
crédito dispuesto por
EL SENADO Y CÁMARA DE
DIPUTADOS DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer del crédito de diez
millones de pesos moneda nacional ($ 10.000.000 m/n), dispuesto por
Ley 6937, y previsto en
a)
Contribución a
b) Dirección General de Escuelas, para construcción Unidad Promoción Salud Infantil y Comedor Preescolar en el distrito de Lomas de Zamora en barrio Santa Marta, manzana 55 b, circunscripción 14, sección D, calles Progreso y Del Campo, Estrada y Libertad, dos millones quinientos mil pesos moneda nacional ($ 2.500.000 m/n).
c) Dirección General de Escuelas, Contribución Consorcio Escuela Nº 65 de Lomas de Zamora, quinientos mil pesos moneda nacional ($ 500.000 m/n), cuyo efecto se procederá a la transferencias de las nuevas unidades de Inversión y a la transferencia de créditos pertinentes.
ARTÍCULO 2.- Derógase
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo