LEY 5917

 

Incluyendo en el plan de obras públicas para 1959 la construcción del camino Tandil-General Paz.

 

Departamento de Obras Públicas

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para incluir en el Plan de Obras Públicas para 1959, la construcción de los tramos Tandil-Rauch, Rauch-Las Flores, Las Flores-General Belgrano y General Belgrano-General Paz, Ranchos, del camino proyectado por la Dirección de Vialidad de la Provincia.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.