LEY 5917
Incluyendo en el plan de obras públicas para 1959 la construcción del camino Tandil-General Paz.
Departamento de Obras Públicas
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo para incluir en el Plan de Obras Públicas para 1959, la construcción de los tramos Tandil-Rauch, Rauch-Las Flores, Las Flores-General Belgrano y General Belgrano-General Paz, Ranchos, del camino proyectado por la Dirección de Vialidad de la Provincia.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.