Fundamentos de la

Ley 11919

 

 

Receptando y haciendo propias las aspiraciones de los habitantes, fuerzas vivas e instituciones representativas de trabajadores, profesionales, comerciantes e industriales de la localidad de Batán, partido de General Pueyrredón, tendientes a coronar un viejo anhelo agotando todos sus esfuerzos, como es lograr que su terruño sea finalmente declarado ciudad, es que propugno en tiempo oportuno el presente proyecto de ley.

Razones históricas y el encuadramiento en el marco legal vigente viabilizan la procedencia de un justo y ansiado reclamo del pueblo de Batán.

En efecto, haciendo un repaso retrospectivo podemos advertir que, partiendo de los primitivos asentamientos poblacionales en las primeras décadas del siglo, en los últimos 50 años las superficies ocupadas tanto por la localidad de Batán como la de Estación Chapadmalal, han demostrado un vigoroso desarrollo poblacional merced al progresivo aumento de las actividades comerciales y agro-industriales que fueron exigiendo día a día la presencia e instalación de reparticiones oficiales que cubran las necesidades básicas en materia de salud-educación y seguridad.

Desde esa óptica, compartiendo los argumentos explicitados por el H. Concejo Deliberante del Municipio de General Pueyrredón, a través de la Ordenanza Nro. 8439/91, oportuno es destacar que, luego de las sucesivas divisiones que sufrió el área rural del hoy partido de General Pueyrredón desde comienzos del siglo pasado (1819), se reconoce hacia el año 1848 la existencia de la Estancia "La Colmena" en la zona donde actualmente se encuentra la localidad de Batán. El casco de Liendo, uno de los más viejos en la zona junto con el de la estancia mencionada.

En el año 1890 Domingo Batán ya está radicado en el campo de Liendo, existiendo ya en 1899 el colegio de Batán cerca del casco. Fue este el núcleo inicial.

En el año 1911 se tiende el ramal Mar del Plata-Miramar del Ferrocarril Sud, construyéndose en 1910 la Estación Chapadmalal. En 1938 se trazó el camino afirmado por parte de la provincia hasta Necochea, concretándose así las dos vías de interconexión más importantes del área con otros sectores de la zona. A mediados de la década del 40 se aprueba el loteo de Estación Chapadmalal, autorizado por la Ordenanza Nro. 399 del 23 de noviembre de 1948 la determinación como zona urbana del barrio La Avispa-Batán.

Entre 1945 Y 1950 se creó el Destacamento Batán de Policía (en 1941 se había creado el Destacamento Los Ortiz). En 1950 se aprobó el loteo de "Villa Gustava", sobre la base de una subdivisión del año 45, mientras que dos años más tarde se pavimentó la Ruta Provincial Nro. 88.

Entre la década del 50 Y 60 con el desarrollo de la industria de la construcción en Mar del Plata, se produce una gran actividad en las canteras de la zona, así como en hornos de ladrillos comunes y cerámicos ("Cerámica del Plata" y luego "La Nueva", fueron las primeras).

El 9 de septiembre de 1965 la Municipalidad firma un convenio de prestación de servicios con la "Cooperativa de Electricidad Limitada Barrio Batán, Nueve de Julio y Lomas de Gardos", el 28 de diciembre del mismo año se firma otro convenio con la "Cooperativa Eléctrica de Chapadmalal Limitada".

Entre las décadas del 50 y 70 se asientan gran cantidad de inmigrantes chilenos para trabajar especialmente en las canteras y en los hornos de ladrillos.

El 29 de noviembre de 1960 se reconoce a la "Asociación de Fomento Zona Batán-La Avispa". Por Ordenanza nro. 2029 del 23 de diciembre de 1963 se dispuso contratar al Ingeniero Borrilla y al Arquitecto Pastor para estudiar el plan Batán-Chapadmalal.

El 22 de febrero de 1965 se sancionó la Ordenanza Nro. 2509 denominada "Ordenanza Orgánica del Desarrollo del Área Batan-Chapadmalal", por medio del cual se estableció un Plan para promover y regular la construcción de un núcleo urbano con alojamiento integral para una población de 60.000 habitantes.

El 18 de junio de 1965 se dictó el Decreto nro. 692 por medio del cual se creó el "servicio de promoción del Plan Batán-Chapadmalal", estableciéndose una serie de programas operativos del plan (preparados entre julio y diciembre de 1965). Mediante el Decreto nro. 703/65 se efectuaron las designaciones correspondientes.

En esa década se efectuó el loteo del "Barrio Parque Las Alamedas". En 1967 el loteo del paraje "La Florida" (entre Batán y Chapadmalal).

El 6 de mayo de 1968 por Decreto nro. 432 se crea la "Delegación Municipal Batán". El 21 de mayo de 1968 se divide el partido en 7 sectores para la atención comunitaria, siendo el Sector VII: Jurisdicción Batán".

El 7 de agosto de 1970 se reconoce oficialmente a la Asociación Vecinal de Fomento "Estación Chapadmalal", por Decreto nro. 654.

El Censo Nacional de Población 1970 determinó para la localidad de Batán una población total de 3.390 habitantes y 887 viviendas.

En 1974 se crea el "Parque Industrial Gral. Savio”. En el año 1980 la población de Batán era de 5.150 habitantes, existiendo en ese entonces 1327 viviendas según el Censo Nacional de Población y vivienda 1980, (un año antes las cifras relevadas por el Municipio eran de 4876 habitantes y 1267 viviendas). Dichas cifras se incrementaron según el censo del año 1991 a 5.973 habitantes y 1.696 viviendas.

El 16 de julio de 1982 se promulga la Ordenanza Nro. 5295 que establece la Zonificación según usos para los núcleos de Batán y Estación Chapadmalal y su área de influencia, con el objeto de adecuar el sector a la ordenanza 4514 (COT). Estas normas particulares para el área aún se encuentran vigentes.

Por Decreto nro. 208 del 24 de marzo de 1982 se modificó el radio de jurisdicción de la Delegación Municipal de Batán.

Finalmente el 20 de marzo de 1987 se reconoce, por Ordenanza nro. 6651 a la Asociación Vecinal de Fomento "Colinalegre".

En esas condiciones, la pujante localidad cuya extensión territorial y características urbanísticas están establecidas en el Código de Ordenamiento Territorial según Ordenanza Nro. 5295, del Municipio de General Pueyrredón, cuenta hoy con una población estable de aproximadamente 6500 habitantes.

Las necesidades y características de la zona y su área de influencia requirieron la instalación de los siguientes equipamientos socio-administrativos que en la actualidad se distinguen:

Reparticiones Oficiales: Delegación del Registro Provincial de las Personas (Provincia Buenos Aires); Delegación Municipal de Batán y Delegación Municipal de Vialidad (Municipalidad General Pueyrredón); Oficina Nacional de Encotel; Sucursal del Banco de la Nación Argentina.

Reparticiones de seguridad: Comisaría Octava-Unidad Regional VI-Policía Bonaerense; Unidad Penitenciaria nro. 15 (Serv. Penitenciario Provincia Buenos Aires).

Establecimientos educativos: Pre-Escolares: Jardín de Infantes nro. 4 (Municipal) y nro. 9 (Provincial); Primarios: Escuelas nro. 7-51 y 60 (Provincial) y Escuela Nuestra Sra. De Luján (Privada); Secundarias: Escuela Educación Media nro. 3 y 14 (Provincial) y Escuela de Artesanías y Oficios nro. 7 (Municipal). nro. 6651 a la Asociación Vecinal de Fomento "Colinalegre".

En esas condiciones, la pujante localidad cuya extensión territorial y características urbanísticas están establecidas en el Código de Ordenamiento Territorial según Ordenanza Nro. 5295, del Municipio de General Pueyrredón, cuenta hoy con una población estable de aproximadamente 6500 habitantes.

Las necesidades y características de la zona y su área de influencia requirieron la instalación de los siguientes equipamientos socio-administrativos que en la actualidad se distinguen:

Reparticiones Oficiales: Delegación del Registro Provincial de las Personas (Provincia Buenos Aires); Delegación Municipal de Batán y Delegación Municipal de Vialidad (Municipalidad General Pueyrredón); Oficina Nacional de Encotel; Sucursal del Banco de la Nación Argentina.

Reparticiones de seguridad: Comisaría Octava-Unidad Regional VI-Policía Bonaerense; Unidad Penitenciaria nro. 15 (Serv. Penitenciario Provincia Buenos Aires).

Establecimientos educativos: Pre-Escolares: Jardín de Infantes nro. 4 (Municipal) y nro. 9 (Provincial); Primarios: Escuelas nro. 7-51 y 60 (Provincial) y Escuela Nuestra Sra. De Luján (Privada); Secundarias: Escuela Educación Media nro. 3 y 14 (Provincial) y Escuela de Artesanías y Oficios nro. 7 (Municipal).

Establecimientos de salud: Subcentro de Salud Batán y Subcentro de salud Chapadmalal (Municipal).

Asociaciones Civiles: Club Juventud Unida de Batán; Club Social y Deportivo La Avispa y Club Colo-Colo.

Otros equipamientos: Centro Cultural General Pueyrredón (Delegación); parroquia Nuestra Sra. De Luján y Parque Industrial Mar del Plata.

Se agrega a lo precedentemente expuesto la siguiente infraestructura física y de servicios con que cuentan la antes mencionada localidad y su zona de influencia: Sistema de desagües pluviales; red de alumbrado público y red de distribución domiciliaria de energía eléctrica a cargo de la cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos de Batán y ESEBA; servicios de recolección de residuos domiciliarios; red de agua corriente; además de: servicios de teléfonos: cabina semi-pública Batán y semi-pública Chapadmalal; además aeroclub Mar del Plata, en ejecución red de gas natural y estación de ferrocarril (Chapadmalal).

En consecuencia, por los fundamentos indicados precedentemente propugno el presente proyecto de y que someto a consideración del Honorable Cuerpo y ruego a los señores senadores me acompañen con su voto favorable.