Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
Resolución Normativa N° 51
VISTO que mediante el expediente N° 22700-0047338/15 se propicia extender la vigencia de los beneficios dispuestos por las Resoluciones Normativas Nº 33/15, Nº 34/15, Nº 35/15 y Nº 11/15 (según Resolución Normativa Nº 36/15), y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 105 del Código Fiscal (Ley N° 10.397, T.O. 2011 y modificatorias), esta Autoridad de Aplicación se encuentra autorizada para otorgar con carácter general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes y/o responsables, regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios;
Que, asimismo, el artículo 75 de
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de
Que
Que
Que, mediante
Que, por su parte,
Que, venciendo la vigencia de los regímenes establecidos en las Resoluciones Normativas detalladas precedentemente, el día 31 de octubre de 2015, razones de administración tributaria llevan a estimar conveniente extender los mismos hasta el 31 de diciembre del corriente ejercicio fiscal;
Que han tomado la debida intervención
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Extender, hasta el 31 de diciembre de 2015,
la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a
vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los
Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución
judicial, ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión
administrativa, establecido en
ARTÍCULO 2º. Extender, hasta el 31 de diciembre de 2015,
la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo
vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los
Ingresos Brutos y de Sellos, en instancia de ejecución judicial, establecido en
ARTÍCULO 3º. Extender, hasta el 31 de diciembre de 2015,
la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los
Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, sometidas a proceso de
fiscalización, de determinación, o en discusión administrativa, aún las que se
encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecido
en
ARTÍCULO 4º.Extender, hasta el 31 de diciembre de 2015, la
vigencia del régimen para la regularización de deudas de los Agentes de
Recaudación, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de
Sellos, relativas a retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecido en
ARTÍCULO 5º.Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Iván Budassi
Director Ejecutivo
C.C. 12.573