DECRETO 6506/85

 

La Plata, 5 de Diciembre de 1985.

 

VISTO que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, ha resuelto reimplantar el día del empleado de la Gobemación, el tercer viernes ­del mes de Diciembre de cada año, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que ello significaría un estímulo a la labor que cumplen los servidores de ese Organismo, dando ocasión a una merecida celebración;

 

Que la reimplantación del mencionado día de festejo, estaría destinado a quienes apuntalan con su cotidiana tarea las funciones del Estado, haciendo con este acto más que nada justicia moral;

 

Que celebraciones de la finalidad comentada, ya establecidas en otros ámbitos de la Administración Pública Provincial, constituyen un factor singularmente positivo, al generar el sentido de cohesión espiritual de los agentes y una   mejor disposición para el logro de una misión que le es común;

 

Por ello,

 

EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º.- Establécese el tercer viernes del mes de Diciembre de cada año como  "Día del Empleado de la Gobernación".

 

ARTICULO 2º.- El día mencionado en el artículo precedente, el personal dependiente de la Gobernación, gozará de asueto, con observancia de las guardias establecidas reglamentariamente y con exclusión de los agentes que desempeñen en reparticiones para las cuales, por norma específica, se encuentra ya de­terminada otra fecha con análoga finalidad.

 

ARTICULO 3º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.

 

ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y  archívese.