DECRETO 1185/2020
La Plata, 16 de diciembre de 2020
VISTO el expediente EX-2018-32209707-GDEBA-UACCOMIREC del Comité de la Cuenca del Rio Reconquista, por el cual se propicia reubicar y asignar la especialidad chofer a Gregorio Omar KITYK, en el marco del Decreto N° 588/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 588/19 se unificó el tratamiento laboral aplicable a los agentes que se desempeñan como choferes en el Agrupamiento Servicio de la Administración Pública Provincial, pertenecientes a las plantas permanente y temporaria bajo el régimen de la Ley N° 10.430 (Texto ordenado Decreto N° 1869/96) y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, disponiéndose que revistarán en el régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor;
Que por el artículo 10 del citado decreto se dispuso derogar, a partir del 19 de junio de 2019, las normas preexistentes que, con carácter particular y nominado, otorgaban las bonificaciones de choferes en las diversas dependencias de la Administración Pública Provincial, para quienes desempeñaran tales tareas en el marco de la Ley N° 10.430;
Que, a su vez, la mencionada norma, determina en los artículos 3° y 4° las bonificaciones remunerativas no bonificables, del setenta por ciento (70%) y del cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico, respectivamente, conforme a las escalas que se indican en los mentados artículos, para los agentes que desempeñan las tareas de chofer;
Que por el presente se dispone la reubicación, a partir de la fecha de notificación, del agente Gregorio Omar KITYK, en un cargo de la Planta Permanente, Agrupamiento Personal Servicio, Especialidad Chofer, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, otorgándole la bonificación prevista por el artículo 3° del Decreto N° 588/19;
Que consta en autos el consentimiento del agente KITYK respecto a la extensión de su régimen horario, en razón de la reubicación gestionada;
Que tanto la Directora General Ejecutiva del Comité de Cuenca del Río Reconquista como el Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos, prestan conformidad a la gestión incoada;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078, prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165, 1. Sector Público Provincial no Financiero, 1. Administración Provincial, 2. Organismos Descentralizados, Jurisdicción 14 – Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Entidad 70 – Comité de Cuenca del Río Reconquista, la transferencia de un (1) cargo, de acuerdo con el siguiente detalle: DÉBITO: Jurisdicción 14, Entidad 70, Unidad Ejecutora 276, Programa 1, Actividad 1, Finalidad 3, Función 8, Sub Función 1, Fuente de Financiamiento 11, Inciso 1, Principal 1, Régimen Estatutario 1, UG 999, conforme lo siguiente: Agrupamiento Ocupacional 3 – Administrativo – Un (1) cargo. CRÉDITO: Jurisdicción 14, Entidad 70, Unidad Ejecutora 276, Programa 1, Actividad 1, Finalidad 3, Función 8, Sub Función 1, Fuente de Financiamiento 11, Inciso 1, Principal 1, Régimen Estatutario 1, UG 999, conforme lo siguiente: Agrupamiento Ocupacional 1 – Servicio – Un (1) cargo.
ARTÍCULO 2°. Reubicar en la Jurisdicción 1.1.1.14, Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Entidad 1.1.2.14.0.70, Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) – Dirección General Ejecutiva, a partir de la fecha de notificación del presente, al agente Gregorio Omar KITYK (DNI N° 28.670.697 – 1981), en un cargo de la Planta Permanente, Agrupamiento Personal Servicio, Especialidad Chofer, Código 1-0013—XI-3, Categoría 5, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, proveniente de un cargo en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 5, Código 3-0000-XIII-4, Inicial, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, otorgándole la bonificación estipulada en el artículo 3° del Decreto N° 588/19.
ARTÍCULO 3°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: Jurisdicción 14, Entidad 70, Unidad Ejecutora 276, Programa 1, Actividad 1, Finalidad 3, Función 8, Sub Función 1, Fuente de Financiamiento 11, Inciso 1, Principal 1, Régimen Estatutario 1, UG 999, Agrupamiento Ocupacional 1 – Servicio – un (1) cargo, Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Provincial, Presupuesto General Ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078 prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y Servicios Públicos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco Agustín Pablo Simone
Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos
Axel Kicillof
Gobernador