Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PRODUCCION
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS AGRARIOS
Resolución 173

La Plata, 5 de mayo de 2008.

VISTO el Expediente Nº 22214-54/2008 y la Resolución Nº 2/2008 del Subsecretario de Asuntos Agrarios, a partir de la cual se establece la veda total para la extracción comercial, artesanal y/o turística de moluscos bivalvos y gasterópodos (caracoles), en la zona delimitada por los puntos de costa desde Punta Piedra, al norte de la Bahía de Samborombón, y hacia el sur hasta el límite sur de la ciudad de Mar del Plata, en toda la zona de costa y dentro de aguas de jurisdicción provincial y,

CONSIDERANDO:
Que se ha establecido un Plan de Monitoreo sobre moluscos bivalvos y fitoplancton, sobre distintos puntos representativos de la costa bonaerense;
Que conforme a los últimos resultados obtenidos de dicho Plan de Monitoreo, surge que sobre los bivalvos analizados en el Laboratorio de Mar del Plata del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentario (SENASA), no se han detectado niveles de toxina paralizante (TPM) superiores al límite apto para consumo humano, según la normativa vigente;
Que los análisis realizados sobre las muestras de fitoplancton marino, en el Laboratorio de Ficología de la Universidad Nacional de La Plata, son concordantes con los resultados sobre bivalvos, para toxina paralizante; no apareciendo células ni quistes de las especies de dinoflagelados productoras de toxinas en las muestras cuantitativas y sólo aparecen escasísima cantidad de quistes en las muestras cualitativas;
Que es función de esta Subsecretaría, llevar adelante investigaciones y monitoreos a fin de establecer medidas de manejo de los recursos acuáticos y protección de la salud humana de la población en general, relacionados a los mismos;
Que se impone restablecer las capturas de moluscos bivalvos y gasterópodos en la zona delimitada por los puntos de costa desde Punta Piedra, al norte de la Bahía de Samborombón, y hacia el sur hasta el límite sur de la ciudad de Mar del Plata, en toda la zona de costa y dentro de aguas de jurisdicción provincial;
Que conforme a lo estipulado por la Ley N° 11.477 y su Decreto Reglamentario 3237/1995, esta Autoridad de Aplicación resulta competente para el dictado del presente Acto Administrativo;
Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 2/2008 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios y restablecer la extracción comercial y/o turística de moluscos bivalvos y gasterópodos (caracoles) en la zona comprendida desde Punta Piedras hacia el límite sur de la ciudad de Mar del Plata en toda la zona de costa y dentro de aguas de jurisdicción provincial.
ARTICULO 2º.- Recomendar a las Administraciones Municipales Costeras, difundir a la población la presente medida.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar, notificar al SENASA, la Prefectura Naval Argentina, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Fernando Vilella
Subsecretario de Asuntos Agrarios
C.C. 3.725