DEPARATAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 39

La Plata, 17 de enero de 2007.

VISTO la finalización del período de sesiones ordinarias de la Honorable Legislatura, el dictado del Decreto Nº 3237/06 y la necesidad de someter a consideración de la misma asuntos con carácter de interés público y urgente; y


CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo normado por los artículos 86 y 144 inciso 8) de la Constitución Provincial, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para convocar a sesiones extraordinarias;
Que es de imperiosa necesidad hacer uso de la precitada facultad y ampliar la convocatoria a dichas sesiones;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º. Ampliar el temario de la Convocatoria a Sesiones Extraordinarias de la Honorable Legislatura, dispuesta por el Decreto Nº 3237/06, para considerar los asuntos de interés público y urgente que se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2º.-El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 3º.- Registrar, comunicar a la Honorable Legislatura, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Florencio Randazzo                                         Felipe Solá
Ministro de Gobierno                                  Gobernador

ANEXO

MENSAJE Nº 1602: Proyecto de Ley Nuevo Código de Tránsito para la Provincia de Buenos Aires.