DECRETO 1016/2021

LA PLATA, 12 de Noviembre de 2021

VISTO el expediente EX-2021-25440457-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual el Doctor Martín ORDOQUI TRIGO presenta su renuncia al cargo de Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial Necochea, y

CONSIDERANDO:

Que el Doctor Martín ORDOQUI TRIGO fue designado Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial Necochea, mediante Decreto Nº 3371 del 29 de diciembre de 2008;

Que el nombrado magistrado ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, por incapacidad laboral, solicitando que le sea aceptada a partir del 13 de agosto de 2021;

Que se gestionó la conformación de una junta médica para que dictamine acerca de la capacidad laboral del Doctor ORDOQUI TRIGO;

Que la Dirección de Salud Ocupacional de la Secretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, dictaminó que el magistrado de referencia cuenta con un grado de incapacidad del sesenta y siete por ciento (67%);

Que la Dirección de Planificación y Control de Gestión del Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, dictaminó la incapacidad laboral del setenta por ciento (70%) respecto del citado magistrado, en grado invalidante, total y permanente;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto del Doctor ORDOQUI TRIGO;

Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con el citado magistrado en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, en relación al Doctor ORDOQUI TRIGO;

Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 13 de agosto de 2021, a los fines jubilatorios y por las razones expuestas en la parte considerativa del presente, la renuncia presentada por el Doctor Martín ORDOQUI TRIGO (DNI Nº 12.707.060 – clase 1958) al cargo de Juez del Juzgado Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial Necochea.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.