LEY 10960

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTICULO 1.- Modifícase la Planilla Anexa que forma parte integrante de la Ley 10.469, que quedará redactada de la siguiente manera:

 

“PLANILLA  ANEXA


De conformidad con lo señalado en el artículo 2° establécese que los límites del Partido de Tres Lomas son los correspondientes al Polígono siguiente:

Al Nor Este y al Este del actual límite Sur Oeste y Oeste del Partido de Trenque Lauquen, hasta su intersección con el límite Nor Oeste del Partido de Guaminí. Desde este punto, y con rumbo Sur Oeste, el límite Nor Oeste del Partido de Guaminí hasta su intersección con el límite Nor Este del Partido de Salliqueló.

Desde este punto y con rumbo Nor Oeste, el actual límite Nor Este del Partido de Salliqueló, hasta su intersección con el eje de la calle que, con rumbo Nor Este, divide las parcelas 203-b, y 227.

Desde este punto, por el eje de la calle y con rumbo Nor Este, hasta su intersección con el eje de la calle que divide las Parcelas 163-b y 124-c.

Desde este punto y por el eje de esta calle, con rumbo Nor Oeste hasta su intersección con la prolongación de la línea que deslinda las Parcelas 124-a y 124-c.

Desde este punto, con rumbo Nor Este, por el deslinde de la Parcela 124-a con las parcelas 124-c y 124-b y su prolongación hasta encontrar el eje de la calle que deslinda la Parcela 79-f de la 124a.

Por el eje de esta calle, con rumbo Nor Oeste, hasta su intersección con el eje de la calle que deslinda las Parcelas 110,106,102 y 98 de la Parcela 79-f.

Desde este punto, por el eje de la calle, con rumbo Nor Este, hasta su intersección con el eje de la calle que deslinda la Parcela 63 de la 75-a.

Por el eje de esta calle, con rumbo Sur Este hasta su intersección con el eje de la calle qué deslinda la Parcela 63 de la 64.

Desde este punto, por el eje de la calle, con rumbo Nor Este, hasta su intersección con el eje de la calle que deslinda la Parcela 46-c de la Parcela. 20.

Desde este punto, por el eje de la calle, con rumbo Nor Oeste, hasta su intersección con el eje de la calle que deslinda la Parcela 17-f de la Parcela. 20.

Desde este punto, por el eje de la calle, y con rumbo Nor Este, hasta su intersección con el límite Nor Este.”

 

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.