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Fundamentos de la Ley 10816
Se somete a consideración de esta Honorable Cámara un Proyecto de Ley que dispone la declaración de utilidad pública y sujeta a expropiación de una parcela ubicada en el Partido de Merlo, para ser destinada a la creación de un nuevo establecimiento escolar primario de nueve aulas. Esto se hace necesario para absorber el excedente
matricular presentado por las escuelas Nº 30, 12,19 y 62, aledañas a la zona,
que funcionan en la actualidad con la modalidad de turnos reducidos, llevado
adelante por a) 3 escuelas en terceros turnos reducidos parciales con 569 alumnos en dichos turnos (las Nº 30, 41 y 32). b) 19 Escuelas con terceros turnos potenciales, considerables como tal, pues 16 Escuelas cuentan con 33 secciones de más de 40 alumnos (alto índice de hacinamiento) además de contar con 33 maestras de apoyo. c) Escuelas de otros distritos que absorben altos porcentajes de matrícula del Partido de Merlo. Finalmente, por el notable crecimiento poblacional como así también el grado de saturación matricular de las Escuelas aledañas a la zona, se propone la aprobación del presente Proyecto de Ley.
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